lunes, 14 de marzo de 2016

Cómo pedir la devolución de compras por percepciones y retenciones de compras en el exterior y de moneda extranjera RG3420.



El siguiente es el procedimiento para pedir la devolución de las compras con tarjeta en el exterior, y de las retenciones efectuadas por la compra de moneda extranjera,  para aquellos sujetos que no se encuentran inscriptos en los impuestos a las ganancias y bienes personales

Se puede solicitar a partir del período septiembre 2012, hasta diciembre 2014. Las solicitudes para el período 2015 se podrán efectuar una vez que se produzca el vencimiento de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales, en abril y mayo del 2016.

Los pasos son los siguientes:

  1. Ingresar con clave fiscal en www.afip.gob.ar, en la sección “Mis aplicaciones web”. Si no apareciera dicha opción, habrá que habilitarla en el menú “Administrador de relaciones de clave fiscal”.
  2. Una vez ingresado, hacer click en la pestaña “Nuevo”.
  3. En “Nuevo”, seleccionar “Organismo: AFIP”, “formulario: F746/A-Devoluciones y Transferencias”, y el período fiscal que se quiera reclamar. Luego click en “aceptar”.
  4. Una vez dentro del formulario, click en “presentar”.


Fecha edición: 09/03/2016

lunes, 29 de junio de 2015

NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A UTILIZAR FACTURA ELECTRÓNICA


La RG 3749 establece la obligatoriedad para el uso de la factura electrónica para sujetos inscriptos en el IVA, y la posibilidad de opción para los sujetos exentos en dicho impuesto.

¿Quiénes están alcanzados?

1.      Responsables inscriptos
2.      Sujetos IVA exento. Podrán optar por adherirse al régimen, salvo que sean contribuyentes incorporaros en los regímenes de información enumerados más abajo.  Si optan por la factura electrónica dejarán de estar alcanzados por dichos regímenes, además de no estar alcanzados por el nuevo régimen de información de compras y ventas (RG AFIP 3685).
3.      Contribuyentes incorporados en los siguientes regímenes de información:
·         Empresas de medicina prepaga con planes superiores a los $2000 mensuales
·         Galerías de arte, comercializadores o intermediarios con operaciones superiores a $10.000
·         Establecimientos de educación pública de gestión privada
·         Personas físicas, sucesiones indivisas locadores de inmuebles rurales con superficie mayor a 30 hectáreas.
·         Locadores de inmuebles con fines turísticos.


¿Quiénes se encuentran excluidos?

Salvo en los casos de contribuyentes incorporados en los regímenes de información anteriormente enumerados, la obligación de emisión de los comprobantes electrónicos no incluye a las operaciones de compraventa de cosas muebles o prestaciones de servicios, en ambas situaciones, no realizadas en el local, oficina o establecimiento, cuando la facturación se efectúa en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.


¿A partir de cuándo entra en vigencia la factura electrónica?


Responsables inscriptos: 1 de julio de 2015.


Sujetos IVA Exento: 1 de abril de 2015.



Sujetos encuadrados en los regímenes de información especiales: 1 de julio de 2015




Estudio Contable Trentin

miércoles, 3 de junio de 2015

Nuevos valores de las cuotas del monotributo

A partir del 1º de Julio del 2015 se modifica el valor de la cuota del monotributo. El componente que sufre aumento es el de la obra social, que a partir de dicha fecha comenzará a valer $323. El resto de los componentes (impositivo y previsional) quedan sin cambias. 

Estos son los valores vigentes desde 01/07/2015:



Categoría
Ingresos Brutos
Actividad
Cantidad Mínima de Empleados
Sup. Afectada (*)
Energía Eléctrica Consumida Anualmente
Monto de Alquileres Devengados Anualmente
Impuesto Integrado (**)
Aportes al SIPA (***)
Aportes Obra Social (****)
Total
Locaciones y/o Prestaciones de Servicios
Venta de Cosas Muebles
Locaciones y/o prestaciones de servicios
Venta de Cosas Muebles
B
Hasta $ 48.000
No excluida
No se requiere
Hasta 30 m2
Hasta 3.300 KW
Hasta $ 18.000
$ 39 (*****)
$ 157
$ 323
$ 519
$ 519
C
Hasta $ 72.000
No excluida
No se requiere
Hasta 45 m2
Hasta 5.000 KW
Hasta $ 18.000
$75
$ 157
$ 323
$ 555
$ 555
D
Hasta $ 96.000
No excluida
No se requiere
Hasta 60 m2
Hasta 6.700 KW
Hasta $ 36.000
$ 128
$ 118
$ 157
$ 323
$ 608
$ 598
E
Hasta $ 144.000
No excluida
No se requiere
Hasta 85 m2
Hasta 10.000 KW
Hasta $ 36.000
$ 210
$194
$ 157
$ 323
$ 690
$ 674
F
Hasta $ 192.000
No excluida
No se requiere
Hasta 110 m2
Hasta 13.000 KW
Hasta $ 45.000
$ 400
$310
$ 157
$ 323
$ 880
$ 790
G
Hasta $ 240.000
No excluida
No se requiere
Hasta 150 m2
Hasta 16.500 KW
Hasta $ 45.000
$ 550
$ 405
$ 157
$ 323
$ 1.030
$ 885
H
Hasta $ 288.000
No excluida
No se requiere
Hasta 200 m2
Hasta 20.000 KW
Hasta $ 54.000
$ 700
$ 505
$ 157
$ 323
$ 1.180
$ 985
I
Hasta $ 400.000
No excluida
No se requiere
Hasta 200 m2
Hasta 20.000 KW
Hasta $ 72.000
$ 1.600
$ 1.240
$ 157
$ 323
$ 2.080
$ 1.720
J
Hasta $ 470.000
Unicamente Venta de Bs. Muebles
1
Hasta 200 m2
Hasta 20.000 KW
Hasta $ 72.000
No aplicable
$ 2.000
$ 157
$ 323
-
$ 2.480
K
Hasta $ 540.000
Unicamente Venta de Bs. Muebles
2
Hasta 200 m2
Hasta 20.000 KW
Hasta $ 72.000
No aplicable
$ 2.350
$ 157
$ 323
-
$ 2.830
L
Hasta $ 600.000
Unicamente Venta de Bs. Muebles
3
Hasta 200 m2
Hasta 20.000 KW
Hasta $ 72.000
No aplicable
$ 2.700
$ 157
$ 323
-
$ 3.18




Para la nueva cuota, se necesitará volver a reimprimir la credencial de pago, si es que se optó por pagar todos los meses en la ventanilla de algunos de los lugares autorizados. Si está adherido al débito automático, no hay que hacer nada.

Estudio Contable Trentin