Sujetos comprendidos:
Aquellos que revistan el carácter de
responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y hayan declarado ante
la
Administración Federal o desarrollen alguna de las
actividades previstas en la útima parte de esta nota, deberán emitir comprobantes
electrónicos originales.
Además deben cumplir con
esta obligación los contribuyentes que se encuentran en la jurisdicción de la División Grandes
Contribuyentes Individuales dependiente de la Dirección de Operaciones
Grandes Contribuyentes Nacionales.
Comprobantes alcanzados:
Facturas clase “A”, notas
de crédito y notas de débito clase “A”, facturas clase “B”, notas de crédito y notas de débito clase “B”.
Existe una excepción: La
obligación de emisión de los comprobantes electrónicos correspondientes no
incluye a las operaciones de compraventa de cosas muebles y prestaciones de
servicios no realizadas en el local, oficina o establecimiento, cuando la
facturación se efectúa en el momento de la entrega de los bienes o prestación
del servicio objeto de la transacción —en el domicilio del cliente o en un
domicilio distinto al del emisor del comprobante—.
También quedan
exceptuados de la presente norma las facturas, notas de débito y de crédito
clase “B” que respalden operaciones con consumidores finales en las que se haya
entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o
establecimiento.
Vigencia
Resultarán de aplicación
desde las fechas que, para cada caso, se indican a continuación:
1. Solicitud de
incorporación al régimen: a partir del segundo día hábil inmediato posterior al
de la publicación de la presente, inclusive.
2. Solicitud de
autorización para la emisión de comprobantes: para las operaciones que se
efectúen a partir de las fechas que se indican a continuación, con relación a
los grupos previstos en el Anexo I, inclusive:
Grupo Vigencia
Actividades grupo 1: 1 de abril de 2014, inclusive
Actividades grupo 2: 1 de mayo de 2014, inclusive
Actividades grupo 3: 1 de junio de 2014, inclusive
Actividades grupo 4: 1 de julio de 2014, inclusive
Actividades grupo 5: 1 de agosto de 2014, inclusive
Actividades
grupo 6: 1 de agosto de 2014, inclusive
Actividades incluidas
Grupo 4
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