El siguiente es el procedimiento para pedir la devolución de
las compras con tarjeta en el exterior, y de las retenciones efectuadas por la
compra de moneda extranjera, para
aquellos sujetos que no se encuentran inscriptos en los impuestos a las
ganancias y bienes personales
Se puede solicitar a partir del período septiembre 2012,
hasta diciembre 2014. Las solicitudes para el período 2015 se podrán efectuar
una vez que se produzca el vencimiento de las declaraciones juradas de
ganancias y bienes personales, en abril y mayo del 2016.
Los pasos son los siguientes:
- Ingresar con clave fiscal en www.afip.gob.ar, en la sección “Mis aplicaciones web”. Si no apareciera dicha opción, habrá que habilitarla en el menú “Administrador de relaciones de clave fiscal”.
- Una vez ingresado, hacer click en la pestaña “Nuevo”.
- En “Nuevo”, seleccionar “Organismo: AFIP”, “formulario: F746/A-Devoluciones y Transferencias”, y el período fiscal que se quiera reclamar. Luego click en “aceptar”.
- Una vez dentro del formulario, click en “presentar”.
Fecha edición: 09/03/2016